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UNIVERSIDAD de la REPÚBLICA FACULTAD de ENFERMERÍA

REGLAMENTO DEL PLAN DE ESTUDIOS 1993

Aprobado Comisión Directiva EUE.: 31/11/93

10/11/93

13/10/94

Aprobado Consejo Directivo del INDE.: 20/05/96

30/04/97

Incluye modificaciones realizadas por Jurídica de la Universidad, Marzo 2011.

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CAP. I DE LOS REQUISITOS DE INGRESO

Art.1) Para ingresar a la Facultad de Enfermería se exigirá haber aprobado el 2do. Ciclo de enseñanza secundaria, bachillerato, en cualquiera de las orientaciones existentes.

Art.2) Se admitirá inscripción condicional con una asignatura previa que deberá ser aprobada antes del 30 de Abril.

CAP. II DE LA ORGANIZACION DEL PLAN DE ESTUDIOS

Art.3) El Plan de Estudios consta de 4 ciclos de diferente duración.

1er. ciclo 2 semestres 2do. ciclo 4 semestres 3er. ciclo 2 semestres 4to. ciclo 1 semestreLos ciclos constan de Módulos y Cursos

1er. ciclo 1 curso anual y 3 módulos 2do. ciclo 3 módulo 3er. ciclo 2 módulos 4to. ciclo 1 móduloLos Módulos a su vez constan de Asignaturas Integradas y Asignaturas Independientes.

Art.4) Se consideran cursos y asignaturas integradas, las siguientes:

1er. ciclo: Módulo II: Salud individual y colectiva.Módulo III: Diagnóstico de Salud individual y colectiva.

Curso: ES.FU.NO.(Se considera integrado para el cursado)

2do. ciclo: Módulo I: Atención de Enfermería en el adulto y en el anciano. Módulo II: Atención materno-infantilMódulo III: Atención de niños y adolescentes

3er. ciclo: Módulo I: Atención de pacientes en estado crítico.Módulo II: Enfermería Comunitaria Administración

4to. ciclo: Internado.

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Art.5) Se consideran asignaturas independientes:

CAP. III DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

Art.6) Sin perjuicio de los deberes y derechos establecidos por la Ley Orgánica de la Universidad y por la normativa vigente, los estudiantes de la Facultad de Enfermería tendrán los siguientes DEBERES:

6.1 Concurrir puntualmente a las actividades académicas. Se considerará inasistencia cuando el estudiante se presente transcurridos 15 minutos de comenzada la actividad o se retire por un período mayor de ese tiempo, de la misma.

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6.2 Asistir al 90% como mínimo, de las horas de experiencia práctica, o de las actividades planificadas con carácter obligatorio, en cada asignatura.

6.3 El estudiante con menos del 90% de asistencia a estas actividades, aún con promedio de B (bueno) o superior, pierde el derecho a la promoción.

6.4 Una vez fijado el inicio de un curso el estudiante tendrá quince (15) días de anticipación como mínimo para inscribirse. En caso de optar por suspender el cursado, el estudiante podrá anular su inscripción hasta quince (15) días hábiles después del inicio.

Art.7 Son DERECHOS del estudiante:

7.1 Participar, a través de delegados de generación en la programación de las actividades curriculares.

7.2 Conocer con 10 (diez) días de anticipación la integración de los Tribunales de Exámenes pudiendo solicitar en forma fundada, mesa especial ante el Consejo de Facultad dentro de las 48 horas de su publicación.

7.3 Conocer los resultados de las instancias de acreditación a través de la publicación de las Actas las cuales deberán ser publicadas dentro de los 20 días siguientes a la realización de las pruebas de acreditación. Los estudiantes dispondrán de 48 horas para reclamar por errores en el Acta o para solicitar acceder a las pruebas o trabajos corregidos.

7.4 Para su trabajo final de investigación tendrá derecho por lo menos a 4 tutorías.

CAP. IV DE LOS CURSOS

Art.8) El Consejo fijará anualmente (a propuesta de la Unidad Académica que corresponda y Sección Bedelía) el calendario de Cursos y Exámenes (a saber los períodos deexamen son: Febrero-Marzo, Junio-Julio, Noviembre-Diciembre). El calendario con días y horas para las diferentes asignaturas lo planifica Bedelía y lo coordina conlos docentes.

Art.9) Se considera asignatura APROBADA (integrada o independiente), cuando el estudiante ha obtenido un rendimiento de BUENO como mínimo, resultado del cómputo de las acreditaciones que se realizan en la asignatura, obteniendo así la promoción.

Art.10) Se considera asignatura GANADA, (caso de las asignaturas integradas y de las asignaturas independientes con prácticas obligatorias), cuando el estudiante obtiene un rendimiento entre BUENO REGULAR y REGULAR. Esto significa que deberá rendir examen.

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Art.11)Se considera asignatura PERDIDA, (caso exclusivo de las asignaturas integradas y de las asignaturas independientes con prácticas obligatorias), cuando el rendimiento del estudiante es inferior a REGULAR. También se considera asignatura PERDIDA (integradas o independientes) cuando ha perdido un examen por tres períodos. Esto significa repetir la asignatura.

Art.12)A los efectos de APROBAR o GANAR las asignaturas integradas, el estudiante deberá obtener como mínimo BUENO en las experiencias prácticas, para posteriormente computar los rendimientos teóricos.

Art.13)En las asignaturas independientes sin práctica obligatoria se rinde examen con cualquier rendimiento inferior a BUENO.

Art.14)Las asignaturas integradas deberán ser cursadas y GANADAS, en el orden en que aparecen en el Plan de Estudios.

Art.15)Las asignaturas independientes de igual denominación, podrán ser APROBADAS, independientemente del orden en que aparecen en el Plan de Estudios.

La estructura académica correspondiente definirá el orden de cursado y aprobación de las asignaturas independientes de igual denominación. Esta definición dependerá del área de conocimiento y los contenidos de dichas asignaturas.

Art.16) Para inscribirse en la primera Asignatura Integrada del Ciclo siguiente, el estudiante sólo podrá tener una asignatura integrada sin APROBAR, pero ganada, del Ciclo anterior. Esta asignatura deberá ser APROBADA antes de finalizar la Asignatura Integrada que está cursando. En caso contrario, deberá abandonarla hasta aprobar la Asignatura Pendiente del ciclo anterior. Esta interpretación mantiene las previaturas de las Asignaturas Integradas (Enfermerías) entre sí. ESFUNO es previatura de Atención de Enfermería en el Adulto y el Anciano.

No existe previatura entre las materias integradas dentro del mismo ciclo.

En el Ciclo y luego de GANAR la primer asignatura integrada del mismo, el estudiante podrá seleccionar la siguiente asignatura integrada del Ciclo a cursar, según oferta académica

16.1 Para poder aplicar lo estipulado en relación a «que el estudiante debe aprobar la Asignatura pendiente del Ciclo anterior antes de finalizar la asignatura integrada que está cursando», deberá tener oportunidad de rendir por tres veces la asignatura antes que finalice la que está cursando en forma condicional

Art.17)El docente responsable de la asignatura deberá completar las actas que correspondan, de puño y letra y entregarlas en Bedelía dentro de los 20 días siguientes a la finalización de la asignatura.

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CAP.V DE LOS EXAMENES

Art.18) Se entenderá por examen a una prueba oral, escrita, monografías, trabajos u otras modalidades estipuladas por el docente, al inicio de la asignatura.

Art.19) Finalizada la asignatura y no habiendo obtenido la promoción, y de acuerdo a los artículos que anteceden, (Art. 9 al 18), el estudiante tendrá derecho a tres períodos de examen, decidiendo él, a qué períodos ordinarios se inscribe.

Art.20) El estudiante que habiéndose inscripto para un examen, no pudo presentarse por causa justificada, no pierde dicho período.

Art.21) Se realizarán dos llamados para presentarse al examen: uno en la hora establecida para el inicio y otro 15 minutos después. El estudiante que no haga acto de presencia en ellos, se considerará ausente.

Art.22)La escala de calificaciones para la promoción de cursos y aprobación de exámenes será la vigente en la Universidad de la República.

Art.23) Los Tribunales estarán integrados por docentes del módulo que corresponda, del Grado 2 o superiores, actuando como Presidente del Tribunal, el docente de más alto grado que lo integra.

El Tribunal será el responsable por el cumplimiento de las disposiciones reglamentarias referidas a los exámenes.

Art.24) El estudiante resultará aplazado en los exámenes, en los siguientes casos:

a)Cuando a juicio del Tribunal examinador, no alcance la calificación mínima para su aprobación según la escala de calificaciones vigente en la Universidad de la República.

b)Cuando se retire del examen, sin entregar la prueba escrita, antes de finalizar

una prueba práctica o cuando no se presente a la prueba o a una parte de ella.

c)Cuando cometa o intente cometer fraude en la realización de la prueba.

Art.25) El Tribunal deberá registrar en el Acta correspondiente, el resultado del examen.

Art.26) Se cometerá fraude, cuando durante el desarrollo de un examen, o de una prueba de acreditación, el estudiante consulte material no autorizado expresamente por los docentes del Tribunal, o se intercambie información sobre temas del examen.

Art.27) Se considerará que intenta cometer fraude cuando:

a) el estudiante estuviera en posesión de material no autorizado.

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b) el estudiante tratase de comunicarse con otras personas que no sean las encargadas del contralor de la prueba o expresamente dispuesto por el Tribunal.

Art.28) Constatado el fraude o intento de fraude, el estudiante deberá entregar su trabajo, retirarse del local y los examinadores formularán por escrito la denuncia circunstanciada del caso a Decanato de la Facultad de Enfermería. En caso de que se compruebe la existencia de fraude, la sanción mínima será la prohibición de rendir pruebas o exámenes por el plazo de un (1) año.

CAP.VI DEL TRABAJO DE INVESTIGACION FINAL

Art.29) La finalidad de este trabajo consiste en que el estudiante realice una experiencia de investigación, sobre un problema de Enfermería, que se integre a alguna línea de investigación de los Departamentos docentes.

Art.30) La tutoría de los trabajos de investigación estará a cargo de la Unidad Académica que corresponda.

Art.31) El trabajo deberá ser realizado en grupo. El numero de integrantes será definido por la Unidad Académica que corresponda.

Art.32) La elección del problema a investigar será responsabilidad del estudiante o grupo de estudiantes, con la asesoría de los tutores designados.

Art.33) Para iniciar el trabajo de investigación el estudiante deberá tener aprobados todos los cursos y asignaturas integradas hasta el quinto semestre inclusive. La estructura académica correspondiente definirá el momento curricular de la carrera (ciclo, módulo), en que el estudiante podrá iniciar el trabajo de investigación.

Art.34) El Tribunal que evaluará el trabajo, estará integrado por los docentes designados por el Unidad Académica que corresponda, incluyendo Profesores, Profesores Agregados y Profesores Adjuntos.

Art.35) El Tribunal podrá aprobar, reprobar, o sugerir la reelaboración del trabajo. En caso de reprobación el estudiante deberá realizar todo el trabajo cambiando el problema. En caso de reelaboración se le dará al estudiante el plazo de un (1) mes para presentar el trabajo modificado ante el mismo Tribunal. De ser reprobadas estas modificaciones deberá iniciar todo el proceso nuevamente, cambiando el problema de estudio.

Art.36) La defensa del trabajo de investigación la realizará cada estudiante en forma individual frente al Tribunal en acto público, de manera oral, y tendrá carácter obligatorio. Consistirá en una síntesis del trabajo a cargo del estudiante. El estudiante estará en condiciones de realizar la defensa del trabajo una vez que haya aprobado todas las asignaturas del Tercer Ciclo, Primer Módulo inclusive.

En caso de que algún estudiante del grupo no cumpla este requisito, su defensa quedará en suspenso hasta cumplir con este Articulo.

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Art.37)La calificación del trabajo de investigación será individual y se integrará en un 65% por la evaluación del documento escrito y un 35% por la evaluación de la defensa oral. Corresponde R.R.R. (3) al mínimo exigido para la aprobación. En caso que en la defensa el estudiante obtuviera una nota inferior a R.R.R. (3) se considerará aplazado, independientemente de la nota obtenida en el documento escrito y se le dará un plazo, para presentarse a una nueva defensa. En caso de obtener nuevamente una nota inferior a R.R.R. (3) el estudiante reprobará.

En caso de aprobarse una nueva escala de calificaciones por la Universidad de la República, las calificaciones previstas en esta norma deberán adecuarse a dicha escala.

Art.38) En caso que se compruebe la existencia de irregularidades (como plagio y fraude) en la realización del trabajo de investigación, el Tribunal elevará la denuncia por escrito, debidamente circunstanciada, al Decanato de la Facultad de Enfermería.

La sanción mínima, en este caso, será la prohibición de realizar un nuevo trabajo por un período no inferior a tres años, a partir de la fecha en que se constata el hecho.

Art.39)En caso que el estudiante que comete o intente cometer fraude, debidamente probado, sea docente de la Facultad de Enfermería. además de las sanciones establecidas, en los artículos respectivos, será suspendido en sus cargos docentes y se reputará que carece de idoneidad moral para el desempeño de la función docente. Asimismo se comunicará la resolución al Consejo de la Facultad, para que el mismo adopte las medidas pertinentes.

CAP. VII- DE LOS ASPECTOS ETICOS-DISCIPLINARIOS

Art. 40) En caso de otras indisciplinas o problemas éticos, el estudiante será reportado ante un «Comité de Conducta Estudiantil», quien analizará las situaciones particulares y propondrá al Consejo las medidas a adoptar.

CAP. VIII- DE LAS SALIDAS LABORALES

Art.41) Habiendo aprobado la totalidad de las asignaturas del Plan de Estudios, el Internado y aprobado el TFI, el estudiante obtendrá el titulo de Licenciado en Enfermería.

Art.42) Habiendo aprobado la totalidad de las asignaturas de los Módulos I y II del Segundo Ciclo, la Institución emitirá el título de Auxiliar de Enfermería.

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CAP. IX- DE LAS CONVALIDACIONES

Art. 43) Serán convalidados con Plan de Estudios 1993 todos los planes de estudios que hayan existido y/o existan en la Institución, aprobados por Consejo y que hayan emitido y/o emitan el título de Licenciado en Enfermería.

Art. 44) El mapa curricular de convalidación de los diferentes planes de referencia deberá estar disponible en la Bedelía de la Institución y en la estructura académica que regula estos procesos.

CAP. X-DEL ESFUNO

Art.45) El ESFUNO cuenta con seis Unidades Temáticas (UTIs). Para aprobar el Curso se requiere que el estudiante haya aprobado la totalidad de las mismas.

45.1- El curso anual ES.FU.NO. se considera como Asignatura Independiente desde el punto de vista de la acreditación pero mantiene el sistema de previatura entre un ciclo y otro (Cap.IV Art. 14 y 16).

45.2.- Cada UTI se considera para su acreditación y aprobación en forma independiente. No existe por lo tanto, situación de previatura entre cada una de ellas.

45.3.- Al finalizar cada UTI se realizará una Prueba Final.

45.3.1 Se considerará UTI APROBADA cuando el estudiante ha obtenido un rendimiento de Bueno como mínimo, lo que le permite exonerar esa UTI.

45.3.2 Se considera UTI ganada cuando el estudiante ha obtenido un rendimiento inferior a Bueno. El estudiante tendrá derecho a tres períodos de examen.

45.3.3 Se considera UTI perdida cuando el estudiante no cumple con el requisito de la prueba final o cuando no ha aprobado los tres períodos de examen.

CAP. XI DEL INTERNADO

Art.46) Interno es el estudiante que tiene cursado y aprobado todas las materias integradas e independientes del primero, segundo y tercer ciclo, estando en condiciones de cursar el cuarto ciclo correspondiente al internado.

Art.47) La provisión de cargos de internos será realizada por concurso por la Facultad de Enfermería, quien establecerá la nómina de internos teniendo en cuenta la escolaridad obtenida en los años anteriores. El orden de precedencia establecido le dará al interno la posibilidad de elección de las plazas de internado.

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Art.48) Deberá cumplir con el Internado obligatorio y alcanzar el perfil establecido.

Las inasistencias por causa debidamente justificada se admitirán en porcentaje no mayor al 10 %.

Art.49)La evaluación final se realizará entre la Institución Asistencial y la Institución Formadora y su aprobación se calificará con puntaje y nota, el mínimo de aprobación corresponde al Bueno (B).